Cambios en Reglas de Cancelación CFDI 3.3

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El pasado 20 de Octubre de 2021, fueron publicados cambios en las reglas para la cancelación de CFDI’s 3.3.

Y es que, antes podías cancelar una factura sin aprobación del receptor y sin importar su monto, durante las primeras 72 hrs., después de su emisión.

También podías cancelar en cualquier momento CFDI’s con montos menores a $5,000.00, esto sin necesidad de solicitar aprobación del receptor.

Con los cambios publicados, esto ya no es posible. ?

Los cambios fueron publicados en la cuarta versión anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 en el Portal del SAT, en donde se incluye la modificación a la regla 2.7.1.39. Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor. Los cambios son los siguientes:

· Fracción I, se disminuye el monto a considerar del importe total del comprobante de $ 5,000 a $1,000 para poder ser canceladas sin aprobación del receptor.

· Fracción X, se modifica el plazo de 3 a un día hábil (de 72hrs a 24 hrs) para que sean consideradas las facturas cancelables sin aceptación.

En razón de lo anterior, a partir del 20 de Octubre fueron ajustados los servicios de cancelación con estos nuevos criterios (portal SAT, y por consecuencia, los sistemas de Facturación CONTPAQi®).

¿Ya te habías dado cuenta? ?

Ing. Carlos Rosales. Director Comercial
Sermex consultores

Sermex Consultores. Distribuidor Máster CONTPAQi.
WhatsApp 3318156719
Oficina (33) 2002-3840

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